Glosario de compras públicas en Panamá
Escrito por alphatend con el Texto Único de la Ley 22 y su reglamento. Revisada el 22 de octubre de 2026 · 6 min de lectura
Las palabras que encuentras en PanamaCompra y en los pliegos, explicadas en una frase y con el artículo donde lo dice la ley. Cuando la ley no define una palabra, se explica con el artículo que la usa.
Las palabras del proceso
Desde que la entidad publica hasta que adjudica.
| Palabra | Qué es | Dónde lo dice |
|---|---|---|
| Acto público | El procedimiento por el cual el Estado, previa convocatoria pública, selecciona entre varios proponentes. | Ley 22, art. 2 num. 2 |
| Aviso de convocatoria | La información mínima del acto: qué se compra, quién compra, dónde está el pliego, cuándo se entregan y abren las propuestas, la partida y el precio de referencia. | Ley 22, art. 2 num. 7 |
| Compra menor | La compra de bienes, servicios u obras que no pasan de B/. 50,000, con un mínimo de formalidades; hasta B/. 10,000, por cotización en línea. | Ley 22, art. 2 num. 12; reglamento, art. 87 |
| Licitación pública | La modalidad en que el precio es el factor determinante, siempre que se cumplan los requisitos; para más de B/. 50,000. | Ley 22, art. 2 num. 33 |
| Licitación por mejor valor | Se adjudica al mayor puntaje según una ponderación publicada; para más de B/. 500,000 y alta complejidad. | Ley 22, art. 2 num. 32 y art. 59 |
| Convenio marco | Un acuerdo con precios y condiciones fijos que las entidades usan desde la tienda virtual, con una orden de compra. | Ley 22, art. 2 num. 19 |
| Tienda virtual | La vitrina de PanamaCompra con los bienes y servicios de los convenios marco vigentes. | Ley 22, art. 2 num. 54 |
| Procedimiento excepcional | La contratación sin competencia entre oferentes, en las causales de la ley. | Ley 22, art. 2 num. 40 y art. 79 |
| Entidad licitante | La institución que hace el pliego y conduce el acto. La ley define la entidad contratante: la que firma el contrato. | Ley 22, arts. 39 y 43; art. 2 num. 20 |
| Término | Los plazos de cada etapa, que son preclusivos y perentorios; casi todos se cuentan en días hábiles. | Ley 22, art. 27 |
Las palabras de los documentos
Lo que publica la entidad y lo que presentas tú.
| Palabra | Qué es | Dónde lo dice |
|---|---|---|
| Pliego de cargos | El conjunto de requisitos que fija la entidad para el acto; es nula toda condición contraria a la ley. | Ley 22, art. 2 num. 36 |
| Adenda | Toda modificación del pliego, que se publica en PanamaCompra con la antelación que fija la ley; la DGCP dice que no hay límite de adendas. | Reglamento, art. 63; Ley 22, art. 54 |
| Precio de referencia | El precio que fija la entidad después de investigar el mercado; es obligatorio publicarlo en el aviso. | Ley 22, art. 2 num. 38; reglamento, art. 50 |
| Renglón | Cada ítem que se compra. La adjudicación puede ser global o por renglón. | Ley 22, art. 2 num. 3 |
| Propuesta | Lo que presenta el proponente, por medio electrónico, en español y firmada; no se puede retirar ni cambiar después del acto. | Ley 22, art. 55 |
| Proponente | La persona natural o jurídica que aspira a celebrar un contrato con el Estado. | Reglamento, art. 272 |
| Registro de Proponentes | La base de datos de proveedores que administra la DGCP; inscribirse es obligatorio. | Ley 22, art. 2 num. 45 y art. 174 |
| Subsanación | La corrección de documentos presentados con la propuesta, siempre que no sean ponderables; el plazo no pasa de 3 días hábiles. | Ley 22, art. 55; reglamento, art. 59 |
| Orden de compra | El documento con que la entidad formaliza una compra de hasta B/. 250,000, o sin tope si la ampara un convenio marco. | Ley 22, art. 2 num. 34 y art. 105 |
Las palabras de la evaluación
Quién revisa las propuestas y cómo se decide.
| Palabra | Qué es | Dónde lo dice |
|---|---|---|
| Comisión verificadora o evaluadora | Los profesionales que revisan las propuestas: verificadora en la licitación pública, evaluadora en la de mejor valor. La mayoría no puede ser de la entidad. | Ley 22, arts. 58, 59 y 68 |
| Informe de comisión | La evaluación motivada de la comisión; se publica y los participantes tienen 3 días hábiles para hacer observaciones. | Ley 22, arts. 58 y 68 |
| Cuadro de cotizaciones | Donde se compara lo cotizado en una compra menor; en la cotización en línea, el cuadro comparativo. | Ley 22, art. 71; reglamento, arts. 91 y 92 |
| Adjudicación | El acto por el cual la entidad acepta la propuesta más ventajosa; puede ser global o por renglón. | Ley 22, art. 2 num. 3 |
| Declaratoria de desierto | La resolución motivada que cierra el acto sin adjudicar, por ejemplo por falta de proponentes o porque ninguna propuesta cumple. | Ley 22, art. 72 |
| Preferencia para mipymes | En la compra menor, una micro o pequeña empresa gana si su precio no pasa en más de un 5 % al menor de una que no lo es; lo mismo para la empresa local. | Ley 22, arts. 12 y 57; reglamento, arts. 88 a 90 |
| Refrendo | La aprobación de la Contraloría General con la que el contrato se entiende perfeccionado. | Ley 22, art. 93 |
Las fianzas y los reclamos
Las garantías que pide el Estado y las vías para reclamar.
| Palabra | Qué es | Dónde lo dice |
|---|---|---|
| Fianza de propuesta | La garantía que respalda la oferta; se exige si el precio de referencia pasa de B/. 500,000, y es el 10 %. Los pliegos de la CSS y el MINSA por la Ley 419 la piden desde B/. 70,000. | Ley 22, art. 2 num. 25 y art. 122 |
| Fianza de cumplimiento | La garantía del fiel cumplimiento del contrato; en actos de más de B/. 50,000, según el pliego. | Ley 22, art. 2 num. 22 y art. 123 |
| Fianza de pago anticipado | La garantía de que se devuelve un adelanto; no menos del 100 % de lo adelantado. | Ley 22, art. 2 num. 24 y art. 124 |
| Forma de las fianzas | En efectivo, títulos de crédito del Estado, fianzas de aseguradoras, garantías bancarias o cheque certificado o de gerencia. | Ley 22, art. 120 |
| Reclamo | La acción ante la DGCP contra un acto u omisión ilegal o arbitrario del proceso, antes de que se adjudique o declare desierto. | Ley 22, art. 2 num. 42 y art. 153 |
| Recurso de impugnación | El recurso ante el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas contra la adjudicación, el acto desierto o el rechazo de propuestas, en 5 días hábiles. | Ley 22, art. 2 num. 44 y art. 157 |
| Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas | El tribunal independiente que conoce, en única instancia, las impugnaciones, las apelaciones y los reclamos que la DGCP no resuelva. | Ley 22, art. 2 num. 55 y art. 146 |
Fuentes
- Texto Único de la Ley 22 de 2006, con el Decreto Ejecutivo 439 de 2020 modificado por el 34 de 2022 (edición de la DGCP, 2023) (consultada el 22 de octubre de 2026)
- Gaceta Oficial 29107-A, 7 de septiembre de 2020 (Texto Único) (consultada el 9 de octubre de 2026)
- DGCP, preguntas frecuentes (consultada el 22 de octubre de 2026)
Esta guía resume normas y documentos públicos; no es asesoría legal. Lo que vale es lo que publican la Gaceta Oficial y PanamaCompra.